Real Cedula de su Magestad, con insercion del Auto-acordado del Consejo Pleno, para que las comunidades eclesiasticas seculares, y regulares de ambos sexos no puedan gozar de los aprovechamientos, y derecho de vecindad en los Pueblos donde no estén situadas, y posseen bienes raíces, aunque tengan Administrador, ó Casero que les cuide, en consequencia de la Real Cedula de 11 de septiembre de 1764

Detalles Bibliográficos
Autor principal: España (-)
Otros Autores: Montero y Pérez, Manuel Francisco (-), Carlos III, Rey de España, 1716-1788
Formato: Libro
Idioma:Castellano
Publicado: [S.l. : s.n s.a.]
Materias:
Ver en Universidad de Navarra:https://innopac.unav.es/record=b33301797*spi
Descripción
Descripción Física:[4] p. ; Fol. (31 cm)