Cesión del contrato

Aunque en la doctrina se haya puesto de relieve a veces la impresión de la expresión "cesión de contrato", es indiscutible que tal fórmula, difundida espontáneamente, primero en la práctica mercantil, acaso por su esquemática concisión vigorosamente representativa del complejo econ...

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Detalles Bibliográficos
Otros Autores: Andreoli, Marcello, author (author), Agurto Gonzáles, Carlos Antonio, ditor (ditor), Quequejana Mamani, Sonia Lidia, ditor, Choque Cuenca, Benigno, ditor
Formato: Libro electrónico
Idioma:Castellano
Publicado: Santiago de Chile, Chile : Ediciones Olejnik 2019.
Colección:Biblioteca de derecho privado.
Materias:
Ver en Biblioteca Universitat Ramon Llull:https://discovery.url.edu/permalink/34CSUC_URL/1im36ta/alma991009769422606719
Descripción
Sumario:Aunque en la doctrina se haya puesto de relieve a veces la impresión de la expresión "cesión de contrato", es indiscutible que tal fórmula, difundida espontáneamente, primero en la práctica mercantil, acaso por su esquemática concisión vigorosamente representativa del complejo económico-jurídico penetró en un segundo tiempo gradualmente en la literatura y en la misma legislación. La cesión de contrato (presupuesto éste último como bilateral, al menos en la configuración típica de la institución) es el instrumento que permite realizar la llamada circulación del contrato, es decir, la transferencia negocial a un tercero (llamado cesionario) del conjunto de posiciones contractuales (entendido como resultante unitario de derechos y obligaciones orgánicamente interdependientes), constituida en la persona de uno de los originarios contratantes (llamado cedente); de tal forma que, a través de esa sustitución negocial del tercero en la posición de "parte" del contrato, en lugar del cedente, dicho tercero subentra en la totalidad de los derechos y obligaciones que en su orgánica interdependencia se derivan del contrato estipulado por el cedente.
Descripción Física:1 online resource (150 pages)