La Real Junta General de Granos de esta Ciudad, y su Reyno, compuesta del Ilmo Señor Arzobispo Coadministrador de esta dicha Ciudad, y de los Señores Don Ginès de Hermosa y Espejo, Assistente, Intendente, y Superintendente General de Rentas Reales, Don Raymundo de Sobremonte y Castillo, del Consejo de su Mag. su Oìdor Honorario en la Real Audiencia de esta dicha Ciudad, Theniente Primero en la Assistencia, Don Geronymo Ortiz de Sandoval y Zuñiga, Conde de Mejorada, Veintiquatro, y Procurador Mayor de lella, Don Martin Navarro y Vivien, y D. Joseph Antonio Maestre, assimismo Veintiquatros, D. Phelipe de Baena, Jurado de la misma Ciudad, Don Miguèl de Espinosa, Presbytero, Prebendado de la Santa Iglesia Patriarchal, Don Manuel Paulin, y Don Manuel de la Calle, del Comercio, &c. Por quanto con el ardiente deseo del logro de los fines de su instituto, compadecida de la necesidades, hambre, y desnudez de los Pobres mendigos, que en tan grande numero se han augmentado con motivo de la calamidad, que se experimenta
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España- Legislación- S. XVIII…”
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