Notas: | La irresoluble tensión entre razón y voluntad presenta un carácter paradigmático desde el punto de vista iusfilosófico. A través de ella, se manifiesta la existencia de dos dimensiones desde las cuales abordamos el valor y la realidad de lo jurídico: la racionalidad y la corrección moral (que se presentan como parámetro de evaluación de lo jurídico), de un lado y, de otro, la positividad (expresión de la voluntad que se genera en el ámbito de lo político). El Estado de Derecho, entendido como modelo básico a partir del cual se desarrolla el Estado constitucional, constituye un óptimo escenario en el que se reproduce, en ocasiones con perfiles nuevos, esta tensión, que en última instancia se manifiesta de forma permanente cuando la razón es la de los derechos constitucionales y la voluntad es la de la mayoría. Es ahí cuando el análisis del Estado de Derecho y del constitucionalismo contemporáneo cobra interés para la Filosofía del Derecho. |