Sistema economico y rentistico de la confederacion Argentina segun su Constitucion de 1853

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Alberdi, Juan Bautista (-)
Formato: Libro electrónico
Idioma:Castellano
Publicado: [Santa Fe] : El Cid Editor [2007]
Materias:
Ver en Biblioteca Universitat Ramon Llull:https://discovery.url.edu/permalink/34CSUC_URL/1im36ta/alma991009433045806719
Tabla de Contenidos:
  • Sistema económico y rentístico de la confederación Argentina; Introducción; Primera parte: Disposiciones y principios de la constitución Argentina referentes a la producción de las riquezas; Capítulo primero; I Consideraciones generales; Capítulo II: Derechos y garantías protectoras de la producción; Articulo primero: Garantías y libertades comunes a los tres instrumentos y a los tres modos de producción; I De la libertad en sus relaciones con la producción económica; II De la igualdad en sus relaciones con la producción.; III De la propiedad en sus relaciones con la producción industrial
  • IV De la seguridad personal en sus relaciones con la producción de la riqueza.V De la instrucción en sus relaciones con la producción económica.; Articulo II: Principios y garantías constitucionales que tienen relación con la producción agrícola; Articulo III: Principios y disposiciones de la constitución que se refieren a la producción comercial; Articulo IV: Principios y disposiciones constitucionales que se refieren a la industria fabril; I; II; III; IV; V; Capítulo III: Escollos y peligros a que están expuestas las libertades protectoras de la producción
  • Articulo primero: De como las garantías económicas de la constitución pueden ser derogadas por las leyes que se diesen para organizar su ejercicioI La libertad declarada no es la libertad puesta en obra.; II El peligro de inconsecuencia viene de la educación colonial y de la Constitución misma.; III Ejemplos del medio de derogar la Constitución por las leyes orgánicas. - Cómo la garantía constitucional de la propiedad puede ser alterada por el código civil.; IV De qué modo la seguridad personal, garantida por la Constitución, puede ser derogada por la ley en daño de la riqueza.
  • V De los infinitos medios cómo la libertad económica puede ser derogada por la ley orgánica.VI Toda ley que da al gobierno el derecho de ejercer exclusivamente industrias declaradas de derecho común, crea un estanco, restablece el coloniaje, ataca la libertad.; VII De cómo el derecho al trabajo, declarado por la Constitución, puede ser atacado por la ley.; VIII La libertad del trabajo puede ser atacada en nombre de la organización del trabajo. Verdadero sentido de esta palabra alterado por los socialistas.; IX Por qué la Constitución sujetó a la ley el ejercicio de los derechos económicos.
  • X Garantías de la Constitución contra las derogaciones de la ley orgánica. - Base constitucional de toda ley económica.Articulo II: De como puede ser anulada la constitución, en materia económica, por las leyes orgánicas anteriores a su sanción; I Nuestra legislación española es incompatible en gran parte con la Constitución moderna. La reforma legislativa es el único medio de poner en práctica el nuevo régimen constitucional.; II Bases económicas de la reforma legislativa.
  • III Reformas económicas del derecho civil con respecto a las personas. - División de las personas. -Potestad dominica. - Patria potestad. - Muerte civil. - Matrimonio. - Tutela y curatela. - Los menores, mujeres o incapaces no deben ser protegidos por la ley a expensas del capital y del crédito.